Ernesto Rey Azúcar. (Uruguay) El 24 de junio el Presidente de la República firmó el decreto nro. 448 que permitirá a los apicultores comprar azúcar para alimentar a sus colmenas, con la exoneración del impuesto de importación que asciende al 35%. El texto completo del decreto se puede bajar de http://www.chda.org.uy/?page_id=114. Como primer paso, los apicultores que tengan RUT, deberán inscribirse en el LATU, completando el formulario (se puede bajar en http://www.chda.org.uy/?page_id=114) y posteriormente entregarlo en el LATU Montevideo: Avda. Italia 6201 o la sede en Fray Bentos: Parque Industrial Municipal - Barrio Anglo. También puede ser enviado vía fax: 2600 2292 o por e-mail: abonelli@latu.org.uy Luego de esta primera inscripción, el LATU estará indicando la documentación a presentar para la solicitud del azúcar. Para los apicultores que no tengan RUT, se informa que la CHDA está realizando gestiones tendientes para solucionar este tema. Exoneración IVA forestal – Sanidad Apícola La CHDA continúa trabajando en la solicitud de exoneración del pago del IVA para los apicultores que llevan sus colmenas a los predios forestales. Se está trabajando en la solicitud al MGAP de aspectos relacionados a la Sanidad Apícola.
Azúcar : CHDA www.chda.org.uy INFORME DE ACTUALIZACIÓN DE GESTIONES PARA LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO A LA IMPORTACIÓN DE AZÚCAR DESTINADA A LA APICULTURA. 15 06 2011
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