viernes 29 de marzo de 2013
https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181055331/_/1284261940272/Propuesta

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España. Ayudas para la mejora de la producción y comercialización de la miel (2013)
Fecha de publicación:
22 de marzo de 2013
Objeto:
Convocar, para el año 2013, las ayudas destinadas a la mejora de la producción y comercialización de la miel que tienen como finalidad mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas.
¿Quién lo puede solicitar?:
- Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas.
- Las cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia, integradas en su mayoría por apicultores.
- Para las medidas de ayuda que contemplan el análisis de la miel, podrán tener la consideración de beneficiarios los laboratorios que efectúen o puedan efectuar análisis de las características fisicoquímicas de la miel debidamente reconocidos.
¿Qué requisitos debo cumplir?:
Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Llevar realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del 2012. A efectos de acreditar el cumplimiento de dicho requisito, el solicitante deberá tener inscrita la explotación en el Registro de explotaciones apícolas antes de dicha fecha.
b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
c) Tener contratado un seguro de daños y de responsabilidad civil para la actividad apícola por la totalidad de las colmenas registradas.
a) Llevar realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del 2012. A efectos de acreditar el cumplimiento de dicho requisito, el solicitante deberá tener inscrita la explotación en el Registro de explotaciones apícolas antes de dicha fecha.
b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
c) Tener contratado un seguro de daños y de responsabilidad civil para la actividad apícola por la totalidad de las colmenas registradas.
¿Para qué es la ayuda?:
Unicamente serán subvencionables las colmenas vivas debidamente identificadas y con un único código válido.
Cuantía:
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Director General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el 23 de marzo de 2013 hasta el 19 de abril de 2013
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Preferentemente en el Registro del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería d e la provincia donde esté ubicada la explotación o tenga su domicilio social el solicitante.
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).
Electrónico:
- Por Internet desde ésta misma página.
Organismo:
Responsable:
- Consejería de Agricultura y Ganadería
- Dirección General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural
Gestor:
Que resuelve:
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones será de 4 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose, por tanto, DESESTIMADAS las no resueltas y expresamente notificadas en dicho plazo.
Asimismo, la resolución de concesión de las ayudas será objeto de publicidad a través de la página Web de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por tiempo no inferior a un mes desde la publicación de la citada resolución en el BOCyL.
Asimismo, la resolución de concesión de las ayudas será objeto de publicidad a través de la página Web de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por tiempo no inferior a un mes desde la publicación de la citada resolución en el BOCyL.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información adicional:
A efectos de justificación de la inversión, el beneficiario deberá presentar hasta el día 30 de junio de 2013, la documentación justificativa de los gastos e inversiones objeto de la ayuda que se realicen entre el 1 de junio de 2012 y el 31 de mayo de 2013, ambos días inclusive
La ayuda convocada en esta Orden es INCOMPATIBLE con cualquier otra que, para la misma finalidad y objeto, pudieran establecer otras Administraciones Públicas u otros entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.







Solicitud
Solicitud y Anexos (1.697 kbytes)
BASES REGULADORAS: ORDEN AYG/79/2013 (BOCyL 21-03-2013) (2.824 kbytes)
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