martes, 25 de junio de 2013

España. Cantabria. Orden de Ayudas para la apicultura

martes 25 de junio de 2013
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Bandera España

ORDEN AYUDAS A LAS FEDERACIONES Y ASOCIACIONES DE LAS ESPECIES APÍCOLA, CUNÍCOLA Y OVINA
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LA CONSEJERÍA DE GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL, PUBLICA UNA ORDEN DE AYUDAS A LAS FEDERACIONES Y ASOCIACIONES DE LAS ESPECIES APÍCOLA, CUNÍCOLA Y OVINA.


Muriedas, 19/06/2013
La Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado hoy la Orden GAN/39/2013, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para 2013 de las ayudas a las Federaciones y Asociaciones de las especies apícola, cunícola y ovina.
Podrán beneficiarse de estas ayudas, las federaciones o asociaciones de criadores de las especies apícola, cunícola y ovina reconocidas en Cantabria, con la condición que en el caso de la existencia de una Federación en cualquiera de las especies referidas es la única que puede solicitar dicha ayuda.
Para beneficiarse de estas ayudas deberán cumplir:
  • Tener establecido un programa de formación en materia de manejo y sanidad impartido por personal cualificado.
  • Haberse adoptado el acuerdo de solicitar la ayuda por el órgano de gobierno y/o representación de las distintas asociaciones.
  • No haber sido objeto de sanción firme por incumplimiento de la normativa en materia de sanidad, bienestar animal, identificación y registro de animales y registro de explotaciones ganaderas, en el año anterior a la finalización del plazo de solicitudes.
Tipo de ayudas y cuantía:
  • Gastos corrientes en bienes y servicios propios de su funcionamiento ordinario.
  • Asistencia técnica directa a las explotaciones de los ganaderos asociados mediante personal cualificado (ingeniero agrónomo, ingeniero técnico agrícola o veterinario) así como personal auxiliar especializado de apoyo al personal cualificado. Las ayudas podrán alcanza un 70% de los gasto ocasionados por estos conceptos.
  • Puesta en marcha de programas de formación encaminados a la mejora sanitaria y de manejo de la cabaña ganadera. La cuantía podrá alcanzar hasta un máximo del 70% del gasto realizado.
La cuantía máxima de ayuda por beneficiario no podrá superar la cantidad de 5.000 euros por Asociación ó 8.000 euros por Federación.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la Orden.
Más información en el siguiente enlace:

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