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Comunicado en Uruguay:
PRODUCTORES Y TÉCNICOS FRUTI-HORTÍCOLAS Y VITÍCOLAS
Las instituciones y organismos firmantes vinculados al Sector Granjero recuerdan la necesidad de hacer un USO RESPONSABLE DE AGROQUÍMICOS al momento de realizar aplicaciones en los montes frutales, viñedos y cultivos hortícolas. Los cultivos, la apicultura, el ser humano y el ambiente, son todos integrantes de un mismo sistema productivo, y cada uno de ellos debe ser necesariamente contemplado a la hora de definir acciones.
Cuidados en la Aplicación de Agroquímicos
Considerando que la polinización natural de las abejas en los cultivos incrementa los rendimientos y la calidad de frutas y hortalizas, es un factor fundamental en la salvaguarda del Medio Ambiente y la Biodiversidad y es beneficiosa para la Apicultura porque constituye una importante fuente de alimento para el sustento de las colmenas y la producción de miel, se recomienda: • Avisar al apicultor cuando se van a realizar aplicaciones de agroquímicos, a los efectos que pueda tomar las medidas correspondientes • Al realizar tratamientos químicos, en especial durante la floración del cultivo o cuando haya floración aledaña, utilizar productos no tóxicos para las abejas. • En lo posible realizar las aplicaciones a última hora del día y considerar que las abejas recorren más de un kilómetro desde su colmena a la floración.
Control de Hormigas y mal uso de Productos
Ante la grave constatación de mal uso de productos agroquímicos para el control de hormigas en cultivos hortícolas, montes frutales y particularmente, en viñedos, se recuerda que está vigente la Resolución del MGAP del 30.07.2009 que indica en su artículo 1º: ”solo podrán comercializarse y utilizarse con fines agrícolas productos formulados a base de FIPRONIL para control de hormigas en formulación cebo granulado y para uso de cura semillas en arroz bajo las condiciones autorizadas en sus correspondientes registros”.
Por lo expresado, está explícitamente prohibido el uso de FIPRONIL en formulación líquida para el control de insectos en cultivos hortícolas, frutícolas, viñedos, agrícolas y pasturas del país.
Todo desvío de uso será sancionado por el MGAP en base a la normativa vigente. Se advierte además, que las personas (productores u operarios) quedarán sujetos a las acciones judiciales que por el uso de productos prohibidos y daños generados a terceros, los afectados o sus representantes, puedan realizar ante la Justicia Civil.
Martes 29 de octubre de 2013 Unidad de Comunicación Dirección General de la Granja
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