miércoles, 8 de enero de 2020

España. Zamora. Los colmenares se ubicarán a más de 150 metros de los abrevaderos

Miércoles 8 de enero de 2019

Fuente:
https://www.laopiniondezamora.es/comarcas/2020/01/05/colmenares-ubicaran-150-metros-abrevaderos/1214267.html
Bandera de España

Los colmenares se ubicarán a más de 150 metros de los abrevaderos

04.01.2020 | 20:12

Una de las principales novedades está en el apartado referido a las infracciones y sanciones, donde la actual ordenanza fiscal reguladora de la tasa por instalación de explotaciones apícolas de Fonfría especifica que "se aplicarán las normas contenidas en la Ley General Tributaria, en las disposiciones que la complementen y desarrollen y, en su caso, en la Ordenanza Fiscal General de este Ayuntamiento". No se especifica en la de ahora la cuantía económica de las multas por incumplir la ordenanza, cosa que si se hacía en la anterior: "Podrá ser sancionado con multa de hasta 1.000 euros, en función de la gravedad de los hechos, pudiendo el Ayuntamiento proceder a ordenar la retirada de las instalaciones de la actividad apícola".
En cuanto a las condiciones de instalación, como actividad ganadera están sujetas a las prescripciones tanto de la Ley 8/2003, de 24 de abril de Sanidad Animal, como del decreto Legislativo 1/2001, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León por lo que "Será de obligado cumplimiento las condiciones de instalación que se indican en las citadas normas, tanto en las distancias como áreas de pecorea, debiendo a su vez cumplir una distancia mínima de 150 metros a los abrevaderos o charcas donde abreva el ganado".

En la ordenanza de 2016 se estipulaba que el número de colmenas en cada asentamiento no podría superar las 70 en ninguna caso y se obligaba a instalar "Los puntos de agua que sean necesarios en cada asentamiento con la finalidad de evitar que se produzcan molestias en piscinas y otras fuentes de agua de posibles vecinos". Así mismo se establecían unas distancias mínimas de los asentamientos apícolas respecto a cascos urbanos (400 metros), Nacional 122 (200), carreteras comarcales y vías pecuarias (5), casas rurales habitadas (100) y caminos vecinales, pistas forestales o red viaria de concentraciones parcelarias (25).
La ordenanza de Fonfría es similar a la que aprobó el Ayuntamiento de Rabanales y que no fue recurrida por nadie ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León tras su entrada en vigor el día 29 de diciembre de 2016.

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