jueves, 7 de junio de 2012

España. Villanzanzo. Máxima protección para los colmenares tradicionales

jueves 7 de junio de 2012
http://www.lacronicadeleon.es/2012/05/17/leon/maxima-proteccion-para-los-colmenares-tradicionales-149638.htm
Bandera España


VILLAZANZO / Municipal

Máxima protección para los colmenares tradicionales

Nueva ordenanza reguladora de explotaciones apícolas
El corredor del Valderaduey siempre ha estado muy ligado a la actividad apícola. CRISTINA DOMÍNGUEZ
C. Domínguez / Villazanzo
El Ayuntamiento de Villazanzo de Valderaduey ha aprobado una nueva ordenanza reguladora de instalaciones apícolas que persigue proteger las explotaciones tradicionales estantes y frenar la entrada masiva de las trashumantes.
Según los datos ofrecidos por el Ayuntamiento, el número de explotaciones, familiares o comerciales, ronda el centenar, situándose el grueso de las mismas en la localidad de Renedo de Valderaduey. 

“En el municipio de Villazanzo, debido a sus características geográficas y climatológicas, la apicultura ha venido siendo una actividad tradicional. Por lo general, se trata de una actividad con una finalidad puramente de autoconsumo pero se observa una tendencia progresiva a instalar explotaciones apícolas con fines comerciales, que, por sus propias características, conllevan la instalación de una infraestructura de mayor peso y amplitud que la tradicional que se limitaba a una producción de tipo doméstico”, comenta el alcalde de Villazanzo, Félix Pacho Pacho.
Así todo, “en ocasiones puntuales”, esta mayor incidencia dentro de lo que es la actividad económica general de los vecinos, provoca “algunos conflictos de intereses que el Ayuntamiento debe esforzarse en encauzar facilitando que la actividad de los apicultores, al margen de la importancia económica de la misma, se desarrolle de una forma ordenada y respetando la normativa, tanto estatal como autonómica, que regula dicha actividad”, apostilla Pacho.
Así, el primer paso tras la aprobación de la ordenanza será la creación de un censo donde todos los propietarios deberán hacer constar el número de colmenares y número de colmenas que integran cada uno y su situación geográfica que, en todo caso, no podrán radicarse a menos de 400 metros de los núcleos de población; 100 metros de viviendas rurales o instalaciones pecuarias; 200 metros de carreteras nacionales, 50 de comarcales o 25 de caminos vecinales.
En cuanto a las polémicas explotaciones trashumantes, únicamente podrán instalarse en el municipio 30 colmenas pertenecientes a este tipo, computadas en su totalidad y por el global de las instalaciones apícolas de esta clase, dentro de cada año natural. Asimismo, quedarán sujetas y deberán obtener previamente, y en todo caso antes del comienzo de la actividad, la correspondiente licencia ambiental.

No hay comentarios:

Publicar un comentario